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 La junta electoral advirtió que «bajo ningún concepto podrá interrumpirse el acto electoral por falta de boletas»

Los magistrados de la Justicia Electoral Nacional de la provincia de Buenos Aires emitieron un dictamen clave de cara al balotaje del próximo domingo, destacando que, según el artículo 99 del Código Electoral Nacional, «en ningún caso y bajo ningún concepto» puede interrumpirse el acto electoral por falta de boletas, ya que la provisión y reposición de estas son responsabilidad exclusiva de las agrupaciones políticas. Además, se informó que serán válidos los votos emitidos con las boletas utilizadas en las elecciones generales del 22 de octubre.

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